NO EXISTEN PARALELISMOS


Entre municipios, cooperativas y universidades
NO EXISTEN PARALELISMOS

🔷 No existen acciones paralelas entre municipios, cooperativas y universidades. Estas instituciones operan bajo jurisdicciones, funciones y base legales específicas, las que impiden confusiones o superposiciones de competencias.

🔷El municipio debe priorizar legalmente a las cooperativas de vecinos para obras y servicios, así lo establece el artículo 21 de la ley provincial 8102.

🔷Las cooperativas tienen la obligación legal de promover y financiar la educación cooperativa.
La ley de educación nacional 26206 articulo 90 reafirma la urgencia de la ley 16583 haciendo obligatoria la incorporación del Mutualismo y Cooperativismo en los contenidos curriculares de todos los niveles educativos.

🔷Las cooperativas gestionan, universidades a través de fundaciones o asociaciones civiles.
Cemdo Ltda. reafirma la necesidad de un diálogo respetuoso y voluntad de entendimiento.

Consejo de Administración